Guías · Creación de contenido

Derechos de imagen en vídeos de fútbol: qué puedes publicar y qué no

Actualizado: junio 2026  ·  10 min de lectura  ·  Por el equipo de Menthor

Resumen rápido

  • Las imágenes de un partido tienen dueño: en España, los derechos audiovisuales de LaLiga se comercializan de forma centralizada desde el Real Decreto-ley 5/2015.
  • YouTube retira el canal que acumula tres avisos por derechos de autor en 90 días; una reclamación de Content ID, en cambio, normalmente no genera aviso.
  • La cita del artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual es limitada y en España no existe el «fair use» estadounidense.
  • Grabarte a ti, usar pizarras y gráficos propios o material con licencia es la forma más segura de crear contenido de fútbol.
En este artículo
  1. Por qué no puedes subir imágenes de un partido sin más
  2. Derechos de autor y derecho a la propia imagen: dos cosas distintas
  3. Cómo detectan y reclaman los vídeos de partidos: Content ID
  4. El derecho de cita: qué permite y qué no
  5. El derecho a la información y los breves resúmenes
  6. Grabar desde la grada o en el fútbol base
  7. Qué puedes publicar en vídeos de fútbol: tabla de riesgo
  8. Cómo proteger tu canal: buenas prácticas
  9. Crear contenido de fútbol sin depender de imágenes ajenas

Los derechos de imagen en vídeos de fútbol funcionan en dos capas: las imágenes de un partido (la emisión) pertenecen a quien tiene los derechos audiovisuales, y la imagen de cada persona que aparece está protegida por su derecho a la propia imagen. Por eso, como regla general, no puedes subir a tus redes fragmentos de la retransmisión de un partido sin licencia, aunque sean unos segundos, y conviene tener cuidado con lo que grabas en la grada.

Esta guía explica, con prudencia y a partir de fuentes oficiales, qué dicen la ley española y las normas de las plataformas, qué margen dan la cita y el derecho a la información y qué contenido puedes publicar con poco riesgo. Con el Mundial a punto de arrancar el 11 de junio, es un buen momento para revisarlo. Ten en cuenta que es un texto informativo, no asesoramiento jurídico: ante un caso concreto, consulta con un abogado especializado.

Por qué no puedes subir imágenes de un partido sin más

Una retransmisión de fútbol no es una imagen libre: detrás hay un productor audiovisual, una entidad de radiodifusión y una competición que han pagado o vendido esos derechos. La Ley de Propiedad Intelectual reconoce derechos propios a los productores de grabaciones audiovisuales y a las entidades de radiodifusión, entre ellos el de autorizar la reproducción y la comunicación pública de sus grabaciones y emisiones.

En el fútbol profesional español, además, el Real Decreto-ley 5/2015 establece la comercialización centralizada de los derechos audiovisuales de las competiciones: LaLiga vende de forma conjunta los de Primera y Segunda División y la RFEF, los de la Copa del Rey y la Supercopa. Esos derechos son el principal ingreso de muchos clubes, por eso se protegen con tanta intensidad.

La consecuencia práctica es sencilla: subir un gol grabado de la televisión, una jugada descargada de otra cuenta o un resumen montado con imágenes de la emisión supone usar contenido ajeno sin permiso, aunque cites la fuente, aunque sea un fragmento corto y aunque no ganes dinero con el vídeo.

Derechos de autor y derecho a la propia imagen: dos cosas distintas

Conviene separar las dos capas, porque cada una tiene sus reglas:

CapaQué protegeNorma principalEjemplo
Propiedad intelectualLa grabación y la emisión del partido, la música, las fotos, los gráficosLey de Propiedad Intelectual (Real Decreto Legislativo 1/1996)Subir un gol extraído de la retransmisión
Derecho a la propia imagenLa imagen, la voz y el nombre de cada personaLey Orgánica 1/1982Usar la cara de un jugador o de un aficionado para promocionar tu canal o una marca
Protección del menorImagen e intimidad de menores de edadLey Orgánica 1/1996Publicar vídeos de niños en un torneo de fútbol base

Que tengas permiso en una capa no te da permiso en la otra. Por ejemplo, si grabas tú mismo a un futbolista en un entrenamiento abierto, la grabación es tuya, pero su imagen sigue protegida: no podrías usarla para anunciar un producto sin su consentimiento. La Ley Orgánica 1/1982 considera intromisión ilegítima el uso de la imagen de una persona con fines publicitarios o comerciales sin su autorización, y a la vez admite la captación de la imagen de personas con proyección pública durante actos públicos o en lugares abiertos al público.

Cómo detectan y reclaman los vídeos de partidos: Content ID

Las plataformas no esperan a que un juez decida. YouTube ofrece a los titulares de derechos Content ID, un sistema que compara automáticamente cada vídeo subido con una base de archivos de referencia. LaLiga explicó en 2017 que había incorporado esta herramienta y que con ella reclamaba más de 600.000 vídeos al año, incluido contenido generado por usuarios que contiene sus imágenes.

Es importante distinguir dos situaciones en YouTube:

  • Reclamación de Content ID: el titular puede bloquear el vídeo, monetizarlo en su favor o seguir sus estadísticas. Según la ayuda de YouTube, normalmente no genera un aviso, pero si la disputas sin motivo válido el titular puede pedir la retirada.
  • Aviso por infracción de derechos de autor: llega cuando el vídeo se retira por una solicitud legal válida. Caduca a los 90 días si completas la Escuela de Derechos de Autor, pero si un canal acumula tres avisos en 90 días, YouTube puede eliminarlo junto con los canales asociados.

En los Shorts hay una regla añadida: YouTube indica que los Shorts de más de un minuto con contenido reclamado por Content ID quedan bloqueados. Otras plataformas, como Instagram, Facebook o TikTok, tienen sistemas propios de detección y retirada, y pueden limitar o eliminar cuentas reincidentes.

El derecho de cita: qué permite y qué no

Muchos creadores creen que «citar la fuente» o «usar menos de X segundos» les protege. No es así. El artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual permite incluir en una obra propia fragmentos de obras ajenas ya divulgadas, pero con condiciones estrictas: que se haga a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico, con fines docentes o de investigación, en la medida justificada por ese fin y indicando la fuente y el autor.

En la práctica, eso significa que:

  • No hay un número mágico de segundos. La ley no fija una duración: se valora si el fragmento es el necesario para el análisis.
  • Tu aportación tiene que ser lo principal. Un vídeo que consiste sobre todo en las imágenes ajenas, con un comentario de fondo, difícilmente encaja en la cita.
  • El fin importa. La norma habla de fines docentes o de investigación, lo que deja fuera muchos usos de entretenimiento o comerciales.
  • No existe el «fair use». Esa figura es del derecho estadounidense. YouTube recuerda en su página sobre uso legítimo que las excepciones varían de un país a otro.

Además, aunque creas que tu uso está amparado por una excepción, el sistema automático puede reclamar el vídeo igualmente. Defenderlo exige una contranotificación, tiempo y, en ocasiones, asesoramiento legal.

El derecho a la información y los breves resúmenes

La ley protege el derecho del público a ser informado de acontecimientos de interés general, y la Ley de Propiedad Intelectual permite reproducir obras que se ven u oyen con ocasión de informaciones de actualidad, en la medida justificada por esa finalidad informativa.

En el fútbol, la legislación audiovisual reconoce a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual el derecho a emitir breves resúmenes informativos de los partidos en sus programas informativos. En 2020, el Tribunal Supremo confirmó que el límite de 90 segundos se aplica por partido y no por jornada, en un litigio entre LaLiga y Mediaset.

Este derecho está pensado para televisiones y servicios audiovisuales en sus informativos, con condiciones concretas. No es una licencia general para que cualquier cuenta de redes sociales publique resúmenes, y no conviene apoyarse en él para un canal de entretenimiento o de opinión.

Grabar desde la grada o en el fútbol base

Grabar tú mismo el ambiente de un estadio parece la solución, pero tiene matices:

  • Condiciones de la entrada y del abono. Los clubes y organizadores fijan normas sobre grabación y uso de imágenes dentro del recinto. Léelas: lo que es aceptable para un recuerdo personal puede estar prohibido para uso comercial o para emitir en directo.
  • Jugadas del partido grabadas desde la grada. Aunque la grabación sea tuya, las competiciones consideran que las imágenes del juego forman parte de sus derechos audiovisuales. Emitir el partido en directo desde la grada es lo que más riesgo entraña.
  • Aficionados. Si una persona aparece de forma accesoria entre el público, el riesgo es menor; si la conviertes en protagonista del vídeo, pide permiso.
  • Menores. La Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor protege especialmente su imagen. En fútbol base, pide autorización por escrito a padres o tutores y al club, y evita publicar datos que permitan identificar o localizar a los niños.

Qué puedes publicar en vídeos de fútbol: tabla de riesgo

Esta tabla es una orientación general para creadores, no una garantía legal. El riesgo real depende del caso, del titular de los derechos y de la plataforma.

Tipo de contenidoRiesgo orientativoPor qué
Tú hablando a cámara, opinión o análisis sin imágenes de partidoBajoEl contenido es tuyo
Pizarras, gráficos, animaciones y datos elaborados por tiBajoCreación propia; cuida que los datos tengan fuente
Material con licencia (bancos de imágenes, acuerdos con clubes o medios)BajoRevisa las condiciones de cada licencia
Insertar publicaciones oficiales mediante las herramientas de la propia redBajo o medioNo subes tú el archivo; depende de cada plataforma
Fotos de prensa o capturas de la televisiónMedio o altoTienen autor o titular; se reclaman con frecuencia
Fragmentos cortos de la retransmisión con comentarioAltoLa cita es estrecha y Content ID reclama igualmente
Goles, resúmenes o partidos completos de la emisiónMuy altoUso directo de derechos audiovisuales ajenos
Música comercial de fondoAltoLa música tiene sus propios titulares; usa bibliotecas con licencia

Cómo proteger tu canal: buenas prácticas

  • Construye tu formato sin depender de imágenes ajenas. Los canales que más duran son los que pueden publicar aunque no tengan ni un segundo de la retransmisión.
  • Pide permiso por escrito cuando uses material de otros creadores, fotógrafos o clubes, y guarda el correo o el contrato.
  • Usa bibliotecas de música y efectos con licencia, como la Biblioteca de audio de YouTube o las bibliotecas integradas en las apps de edición, y revisa sus condiciones.
  • Revisa el estado de tus vídeos en YouTube Studio, en la columna de restricciones, para detectar reclamaciones a tiempo.
  • No disputes reclamaciones sin fundamento. Puede convertir una reclamación en un aviso.
  • Separa lo personal de lo comercial. Si una marca patrocina tu vídeo, asegúrate de tener autorización de las personas que aparecen.
  • Ante una duda seria, consulta. Un abogado especializado en propiedad intelectual o derecho deportivo puede ahorrarte problemas.

Si te interesa el análisis de mercado o la información de fichajes, las mismas reglas se aplican a fotos y documentos. En el curso de periodismo de mercado y en nuestra guía sobre fuentes y verificación encontrarás pautas de trabajo con fuentes.

Crear contenido de fútbol sin depender de imágenes ajenas

La buena noticia es que buena parte del contenido de fútbol que mejor funciona no necesita imágenes de la retransmisión: análisis a cámara, pizarras tácticas, entrevistas, coberturas desde fuera del estadio, reacciones, datos y relatos. Lo que marca la diferencia es la idea, la narración y la calidad de la producción.

El curso profesional de creación de contenido de fútbol de Menthor trabaja la cobertura de eventos como creador (previa, directo y post-evento) y la relación con los clubes: coordinación con comunicación, accesos, tiempos y normas. Si estás empezando, también te puede ayudar nuestra guía sobre cómo ser creador de contenido de fútbol desde cero y la de equipo para crear contenido con el móvil.

Fuentes: BOE: Ley de Propiedad Intelectual (texto consolidado); BOE: Real Decreto-ley 5/2015; BOE: Ley Orgánica 1/1982; BOE: Ley Orgánica 1/1996; LaLiga: incorporación de Content ID (20 de mayo de 2017); Ayuda de YouTube: avisos por derechos de autor; Ayuda de YouTube: monetización de Shorts; Ayuda de YouTube: uso legítimo; Europa Press en Bolsamanía: el Supremo y los resúmenes de 90 segundos (9 de enero de 2020).

Preguntas frecuentes

¿Puedo subir un gol si solo dura unos segundos?

Como regla general, no sin licencia. La ley no fija una duración segura y los sistemas automáticos reclaman también los fragmentos cortos. La duración no convierte un uso no autorizado en legal.

¿Si cito la fuente ya puedo usar las imágenes?

No. Citar la fuente es uno de los requisitos de la cita del artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual, pero no el único: también deben darse el fin de análisis o comentario, el carácter docente o de investigación y la proporción justificada.

¿Qué pasa si recibo una reclamación de Content ID?

Normalmente no es un aviso: el titular puede bloquear el vídeo o quedarse con sus ingresos. Lo que pone en riesgo el canal son los avisos por infracción: con tres en 90 días, YouTube puede eliminarlo.

¿Puedo grabar el partido desde la grada y subirlo?

Es arriesgado. Las condiciones de acceso del recinto pueden prohibirlo y las competiciones consideran las imágenes del juego parte de sus derechos audiovisuales. Emitir en directo desde la grada es lo más problemático.

¿Puedo usar la imagen de un jugador en la miniatura de mi vídeo?

Depende del uso y de la procedencia de la foto. La foto tiene un autor con derechos y la persona tiene derecho a su imagen, sobre todo frente a usos comerciales. Lo más seguro es usar fotos propias o con licencia y no asociar a nadie con una marca sin su permiso.

¿Existe el «fair use» en España?

No como tal. Es una figura del derecho de Estados Unidos. En España rigen los límites concretos de la Ley de Propiedad Intelectual, como la cita o el uso en informaciones de actualidad, que son más estrechos.

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